¿Cuáles son los derechos laborales que se deben de tener al estar embarazada o al ser mamá? De acuerdo con los Artículos 166, 167 y 170 de la Ley Federal del Trabajo, está prohibido por la ley laborar después de las diez de la noche y en condiciones insalubres o peligrosas, en donde por condiciones físicas se pueda afectar la salud física y mental, tanto de la mujer lactante o del bebé en gestación.
Además, durante el embarazo no se deben realizar trabajos que impliquen levantar, tirar o empujar objetos pesados, o estar de pie durante largo tiempo.
Por otro lado, el salario, prestaciones y derechos deben ser mantenidos durante este periodo. Los derechos también cubren el tener un descanso tanto las seis semanas anteriores como las seis posteriores al parto, en las cuales se debe recibir el salario íntegro. Sin embargo, este descanso puede ser extendido si el trabajar se complica a causa del embarazo o del parto, teniendo como derecho a 50% de su salario por un periodo no mayor a 60 días. Asimismo, las mujeres que optan por la adopción, también tienen derecho de un descanso de seis semanas con goce de sueldo, posteriores al día en que reciba el infante.
Durante la etapa de lactancia, por un periodo de hasta seis meses, se puede reposar dos veces al día durante 30 minutos para alimentar al bebé, en un lugar designado por la empresa con las condiciones de higiene adecuadas.
Se puede regresar al puesto que desempeñaba sin ningún problema, si no ha transcurrido más de un año de la fecha de parto. Los periodos pre y post natales deberán tomar en cuenta la antigüedad laboral.
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https://www.gob.mx/stps/articulos/sabias-que-la-ley-federal-del-trabajo-lft-protege-tus-derechoslaborales-desde-tu-embarazo-y-en-el-periodo-de-lactancia